miércoles, 29 de noviembre de 2023

TELECOMUNICACIONES: Declaran inconstitucional el DNU 690/2020

Por primera vez, un juzgado falló como inconstitucional la medida de Alberto Fernández que frenó subas y declaró al sector como servicio público universal

El 7 de abril del 2021, Telecom Argentina SA, se presentó ante la justicia para promover una demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), para que se declare la nulidad del DNU 690/2020 y de otras resoluciones del ente que todavía dirige Claudio Ambrosini que declaraban al sector de las telecomunicaciones como un servicio público universal y abrían la puerta a que el Gobierno pudiera controlar los aumentos de tarifas de telefonía celular; internet y televisión por cable.

Se trató del decreto firmado por el todavía presidente Alberto Fernández que congeló precios hasta el 31 de diciembre del 2020 sin prever compensación económica ni indemnización alguna a la empresa que hasta ese momento y como licenciataria de Servicios TICS, podía fijar libremente los precios.

La norma imponía un absoluto control estatal, afectando el derecho de libertad de expresión, vulnerando el principio de razonabilidad que consagra el artículo 28 de la Constitución Nacional afectando las actividades de Telecom como proveedor de telefonía básica, telefonía móvil, acceso a internet y TV por cable.

DERECHO DE PROPIEDAD

En ese contexto, el malestar contra el DNU fue creciendo y varios fallos judiciales hicieron lugar a varios amparos judiciales que también presentaron otras operadoras y cámaras empresarias del sector de las telecomunicaciones que reclamaban dejar sin efecto el DNU y declararlo inconstitucional, teniendo en cuenta que delegaba en el ENACOM la competencia para fijar los precios y para establecer una prestación básica universal obligatoria y declara servicio público a la telefonía móvil.

En el caso de Telecom, el reclamo de la operadora se basaba en que la medida presidencial, al no disponer compensaciones viola el derecho de propiedad y que no existían circunstancias "excepcionales" para el dictado del decreto ni urgencia para declarar servicio público "a los Servicios Tics y a la Telefonía móvil, sometiendo a su mandante al control absoluto del PEN, afectando el derecho a la libertad de expresión, pudiendo el ENACOM disponer el apagón de las redes".

Los abogados de Telecom entendían que, con la declaración de servicio público de los Tics, se suprimió la condición de libre competencia en que se prestaban y se violentaban los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional que prohíbe el establecimiento de jurisdicción federal en materia de libertad de prensa.

La empresa también alegó que por Resolución 37/14 se aprobó el Reglamento General del Servicio de comunicaciones móviles avanzados, conocido como 4G, manteniendo el esquema de libertad de precios y competencia. También que la TV por cable se brinda en un régimen de libertad de precios; al igual que el servicio de internet.

AUSENCIA DE COMPETENCIA

En ese marco de libertad de precios, Telecom efectuó importantes inversiones por u$s2.000 millones, considerando el marco normativo que le aseguraba libertad de precios, además de señalar con el DNU "altera el régimen de funcionamiento del sistema en forma permanente, aún para después de la emergencia sanitaria".

Toda esta presentación recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 8 ante el que además considera que el DNU es inconstitucional por vulnerar el principio de razonabilidad que consagra el art. 28 de la Constitución Nacional por la discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados.

"Las medidas que adopta el DNU no se adecuan al fin declarado y violan el principio de subsidiariedad por el que solo ante la ausencia de competencia, debe intervenir el Estado para proteger a los usuarios. Los servicios Tics se prestan en libre competencia, ejerciendo el Estado facultades específicas para conectar los lugares donde la competencia no llega", alegan los abogados de Telecom ante el juzgado.

Para los letrados, además el DNU incurre en una desviación de poder frente al fin declarado de garantizar la educación pública y la conectividad de los habitantes en el contexto de pandemia.

También viola el derecho de propiedad e implicó un sustancial perjuicio económico que se reflejó en el valor de las acciones; puesto que de actividad comercial privada pasó a servicio público de titularidad del Estado Nacional, el régimen jurídico pasó a púbico, el régimen tarifario del Estado reemplaza el régimen de libertad de precios, y los bienes afectados quedan fuera de la garantía que representaban para los acreedores

"APAGAR" LA RED

La presentación judicial de Telecom describe además las inversiones que efectuó la operadora para que le asignaran el servicio de comunicaciones móviles avanzadas y la instalación del 4G, esto en función de la expectativa del retorno del capital invertido que el DNU pone en riesgo ya que delega en el ENACOM el establecimiento de una prestación básica universal obligatoria para los servicios Tics y para la telefonía móvil fijando los precios.

"Aprovechando la situación de emergencia derivada de la pandemia, el PEN intenta asumir el control de acceso a internet", acusa Telecom en su presentación, además de advertir que "el real motivo para declarar servicio público a internet, es cercenar el acceso a información efectuando apagones de la red".También considera inconstitucional el congelamiento de precios, pues viola el derecho de propiedad y el derecho adquirido a fijar libremente las tarifas de los Tics y de la telefonía móvil y viola la libertad contractual.

El juzgado entiende en este sentido que, pese al largo tiempo transcurrido, el DNU no ha sido ratificado por ambas Cámaras del Congreso y que sólo fue aprobado por Resolución 95/2020 del Senado de la Nación.

Además, explica la Sala II de la Excma. Cámara -por mayoría-, revocó la resolución dictada por el juez de feria, el 28 de enero de 2021 y otorgó la medida cautelar solicitada por Telecom, disponiendo la suspensión de los efectos de varios artículos del DNU 690/2020.

De igual modo, consideró que frente a ello, su calificación como servicio público implica la reversión sustancial de los conceptos de libre competencia y sus naturales implicancias, para sujetar las prestaciones y sus condiciones a un sistema de total regulación, cuyos criterios regulatorios son elaborados por la administración, sujetando su gestión a un régimen exorbitante, que implica reconocer amplias prerrogativas al Estado Nacional para incidir en la actividad y fijar un régimen de ajuste de precios y tarifas para el servicio universal (ver especialmente.

RAZONABILIDAD CUESTIONADA

Tras esta presentación, para el juzgado resulta suficiente para declarar la nulidad del art. 1° y del art. 3, del DNU 690/2020, "en cuanto constituye en servicio público esencial y estratégico en competencia a los servicios Tic; y como servicio público al servicio de telefonía móvil en todas sus modalidades y dispone que los precios de estos servicios serán regulados por la autoridad de aplicación".

El fallo detalla también que las disposiciones de carácter permanente que el DNU dispone, relativas a la fijación de los precios por la autoridad de aplicación, así como la prestación básica universal obligatoria que establece, cuya reglamentación delega en la Autoridad de aplicación; "no superan el test de razonabilidad, que exige la ponderación entre el fin que la norma busca y las medidas que dispone".

También admite la demanda de conformidad a los considerandos precedentes y declara la nulidad del DNU 690/2020 y de las Resoluciones ENACOM 1466-20 y 1467-2020.

Fuente: iprofesional. com


martes, 21 de noviembre de 2023

COMENZÓ LA TRANSICIÓN: Javier Milei se reunió con Alberto Fernández en la Quinta de Olivos

El presidente electo visitó la quinta presidencial a dos días de haber ganado el balotaje. Del encuentro participa Milei junto a su jefe de Gabinete, Nicolás Posse. Del lado del gobierno saliente estarían, además del presidente, Julio Vittobello, Juan Manuel Olmos y Gabriela Cerruti.

jueves, 26 de octubre de 2023

Un único equipo: fusión jurídica de TASA y TMA

Un único equipo: fusión jurídica de TASA y TMA

Mantenemos nuestro compromiso de informarte sobre los avances

Continuando el camino hacia nuestra fusión de TASA y TMA que iniciamos en marzo, te contamos que finalizamos los trámites necesarios ante la ENACOM (autoridad de aplicación) para avanzar con el proceso de unificar a nivel jurídico dos de las sociedades con las que el Grupo Telefónica opera en el país: Telefónica de Argentina S.A y Telefónica Móviles Argentina S.A.

El proceso de fusión se hará efectivo a partir del 1 de enero de 2024. Esto quiere decir que, a partir de esa fecha TMA será la continuadora de todas las actividades, operaciones, derechos y obligaciones de TASA. No viéndose alteradas las condiciones laborales ni los derechos que hoy tienen nuestros colaboradores.

Es importante también que sepas que nuestros clientes serán notificados a través de su facturación.

Nuestra fusión nos fortalece en el mercado de las telecomunicaciones, e iguala nuestra estructura societaria a la de nuestros competidores, así como a la de otros países de Telefónica Hispam.

Como te informamos oportunamente, este es un proceso que contempla distintas etapas. En este sentido, a medida que haya avances en definiciones te las compartiremos por esta misma vía.

De todas maneras, adjuntamos un documento de preguntas frecuentes 👉aquí y ante cualquier otra inquietud podrás canalizarlo con tu líder directo.

#SomosUnÚnicoEquipo

miércoles, 13 de septiembre de 2023

74 Congreso General Ordinario de Delegados y Delegadas de la FOEESITRA


En el día de hoy, con la presencia del Secretariado Nacional y un centenar de Delegados y Delegadas de todo el país, dio comienzo el Congreso General Ordinario de la FOEESITRA que conduce nuestro Compañero Daniel Rodriguez
.
En la apertura contamos con la presencia de funcionarios del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación,  encabezados por el Secretario de Trabajo de la Nacion Marcelo Bellotti, con quien firmamos un acuerdo de capacitación Sindical y se hizo entrega de los certificados a los egresados de los cursos de Formación Profesional llevados adelante de manera conjunta entre el Ministerio y la Fundación IdEFF.

También nos acompaño Javier Forlenza, Director Nacional del ENACOM, y por su intermedio recibimos el saludo del compañero Sergio Massa, a través de un video, ya que por superposición de actividades en su apretada agenda, no pudo estar de manera presencial.

Una vez finalizado el acto de apertura el Congreso constituyó sus autoridades para sesionar de acuerdo al orden del día previsto, y fue electa para presidir, la compañera Romina Montes de Oca, en lo que constituye un hito en la historia de la Federación, al ser la primera mujer en ocupar ese cargo.

El día de hoy concluyó con la aprobación de Memoria y Balance del periodo y las deliberaciones continuarán en el día de mañana, en donde se tratarán diversas problemáticas que atañan a nuestro sector y se debatirán los pasos a seguir en relación a las negociaciones paritarias que se están llevando adelante. 

miércoles, 9 de agosto de 2023

La CTA con MASSA y Rossi en FOETRA


Este lunes 7 de agosto la Central de Trabajadoras y Trabajadores de la Argentina (CTA-T) realizó un Encuentro de la Militancia con la fórmula de precandidatos presidenciales de Unión por la Patria (UP), integrada por los compañeros S. Massa y Rossi, en la sede de FOETRA

 

Nuestro compañero S. General de #FOETRA, Claudio #Marín, dio la bienvenida al Encuentro, señalando que en estas elecciones "se vota por el futuro, no por el pasado. Y hay que decirles a nuestros compañeros que, si vuelve el macrismo, el futuro es peor, pero que si gana la fórmula que está acá, el futuro puede ser mejor".

 

Por último, S. Massa, precandidato a Presidente por UP, tomó la palabra destacando en primer lugar "el trabajo de las compañeras y compañeros de FOETRA para garantizar la conectividad en plena revolución tecnológica, vital para garantizar la igualdad de oportunidades"


lunes, 24 de julio de 2023

CANASTA BÁSICA: una FAMILIA necesitó $232.427 en junio para no ser POBRE, un 6,7 % más que en mayo, y subió un 123 % en un año

Son datos oficiales difundidos este miércoles por el #Indec. La canasta que mide la indigencia

Una familia tipo necesitó en junio $232.427 para no ser considerada #pobre, según los datos que el INDEC publicó este miércoles sobre la canasta básica alimentaria y total. Es un aumento del 6,7 % con respecto al mes de mayo y del 123 % a nivel interanual. Además, se necesitan $104.227 para superar el límite de la indigencia, un 5,2 % por encima del mes anterior y 124 % en los últimos doce meses

El límite para no caer en la pobreza, medido por la #CanastaBásicaTotal (CBT), ya había aumentado un 7,2 % en el mes de mayo, un 6,3 % en abril y el 8 % en marzo. En febrero se vio el incremento más grande: 8,3 %.

En tanto, el umbral para no llegar a la indigencia, marcado por la #CanastaBásicaAlimentaria (CBA), subió 5,2 % en mayo, 7,3 % en abril y 9 % en marzo. El incremento más alto del año también fue el de febrero, con un 11,7

El índice de canasta básica se conoció una semana después de la difusión del dato de inflación de junio, que registró un alza del 6%, lo que representó una caída en comparación con mayo.

https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/canasta_07_23D2CD24F8AE.pdf

miércoles, 19 de julio de 2023

¡NO al 7% de descuento a los jubilados Telefónicos!

Cuando realmente hay una mal administración de las finanzas de un sindicato, los dirigentes gremiales recurren a sacarles dinero a los Trabajadores y jubilados.

 

Entran millones de pesos por mes, ¿A dónde va nuestra plata?, presentan balances que tienen superávit, nunca consultan a las bases, se manejan arbitrariamente a su antojo, emprenden obras faraónicas con nuestro dinero, se fueron miles de dólares, queremos ver las ganancias de sus grandes emprendimientos.

 

Dirigentes de Foetra, son pésimos administradores, o algo raro pasa, basta de abusos y privilegios para ustedes, nos preguntamos ¿Hay algún gremialista pobre? ¿ lo conocen?

Los únicos empobrecidos son los Trabajadores, en este caso los Telefónicos, hace unos años, en un plenario de delegados, la mesa dijo que presionarían a las empresas para que paguen la Obra Social, bla, bla, bla, como siempre, SOLO HUMO.

 

Que nuestra plata vuelva a los Trabajadores, no para beneficios de algunos, hay y hubo aportes de miles de Compañeras y Compañeros, algunos ya fallecidos. Con tantos años de aportes, un jubilado no tiene que pagar nada extra. No tienen vergüenza de presionar a los jubilados, imponiendo el miedo, presionando y diciéndoles que se quedaran sin obra social y la verdad tanto OStel como Ospetelco dejan mucho que desear.

 

Ustedes no defienden los intereses de los Trabajadores y menos a los jubilados, solo buscan beneficios propios, dan vergüenza, lo llaman Plan Solidario ¡ ja !, ustedes sean más solidarios con su dinero, cobran dos o tres sueldos, donen uno de sus salario y dejen de sacarles plata a los Trabajadores, veremos si la dirigencia gremial de Foetra es SOLIDARIA.

Desde nuestro espacio decimos NO AL 7%

 

¡ES UN ROBO !

Lista Celeste Agrupación El Juglar

Plan Solidario ( impulsado por la insaciable conducción de FOETRA...)




viernes, 14 de julio de 2023

El WhatsApp de los Telefónicos del Soeesit Bs.As.

 


 Un feedback sin intermediarios, para opinar, proponer, cuestionar: decir lo que sea necesario, oportuno e imprescindible; un mano a mano con todos los compañeros telefónicos

 Hace un clic e ingresa….

https://chat.whatsapp.com/COcJckMQWvlLG9Z4JWbtll


Fondo Compensador : Aumenta el haber mensual a $25.0000 desde Julio


Según el INDEC, la inflación de junio fue del 6% y ACUMULA 115% en el último año

El índice de precios al consumidor volvió a desacelerarse y marcó un retroceso de 1,8 puntos respecto del mes pasado. Con todo, en el primer semestre del año acumula una suba de 50,7%.

La INFLACIÓN de junio se ubicó en el 6,0%, de acuerdo con lo informado por el INDEC este jueves, marcando el segundo descenso consecutivo desde el pico de 8,4% registrado en abril. En mayo, alcanzó el 7,8%.

La inflación acumuló una variación de 50,7% en el primer semestre de 2023, mientras que en la comparación interanual, el incremento alcanzó el 115,6%.

https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/ipc_07_23C94E54F825.pdf